APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO Y DE INVERSIONES. EJERCICIO 2006. BANCO DE PREVISION SOCIAL




Promulgación: 27/12/2006
Publicación: 29/12/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 1931

Artículo 14

 Asígnase una compensación por trabajo permanente en zona turística a pagar desde el 15 de diciembre al 15 de marzo, de acuerdo con la
siguiente escala: 

a) funcionarios que se desempeñen en forma permanente en las ciudades de
Atlántida, Colonia, y Piriápolis, el equivalente al 10% (diez por 
ciento), del grado 10 del sueldo básico de 8  horas efectivas de labor 
de la escala de remuneraciones.

b) funcionarios que se desempeñen en forma permanente en la ciudad de Maldonado, el equivalente al 13.4% (trece con cuatro por ciento), del grado 10 del sueldo básico de 8 horas efectivas de labor de la  escala 
de remuneraciones. 
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