APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO Y DE INVERSIONES. EJERCICIO 2006. BANCO DE PREVISION SOCIAL




Promulgación: 27/12/2006
Publicación: 29/12/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 1931

Artículo 47

 VIATICO POR ALIMENTACION.-  El Banco de Previsión Social abonará a aquellos funcionarios que realicen 40 horas efectivas semanales o más de labor un Viático por Alimentación. El monto mensual del mismo se establece
en el 100% del monto establecido por dicho concepto para los entes industriales y comerciales, $ 2.732.- (pesos dos mil setecientos treinta 
y dos) a precios de abril 2005. Este valor se ajustará en las mismas oportunidades que lo hagan las partidas correspondientes a retribuciones personales.
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