Facúltase al Banco de Previsión Social a incluir en el Presupuesto de Inversiones, una partida extraordinaria, por un monto de U$S 600.000.- (dólares americanos seiscientos mil) para atender lo dispuesto en la Ley 17.869, Plan de Atención Nacional de la Emergencia Social, y según lo establecido en la R.D. 12-71/2005.