1. Las valijas con correspondencia agrupada circularán con carácter de
envío de control.
2. La Dirección Nacional de Correos, a través del Servicio Expreso,
responderá ante el usuario por la pérdida o extravío de las valijas con
una indemnización cuyo importe equivaldrá al décuplo de la tasa abonada
por el envío en cuestión.