EMPLEADOS PRIVADOS. COMERCIO. SALARIOS. SUBGRUPO MAYORISTAS E IMPORTADORES. IMPORTADORES Y MAYORISTAS DE ALMACEN




Promulgación: 12/01/1988
Publicación: 14/03/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

   Fíjanse con carácter nacional, los siguientes salarios mínimos, por
categoría para los trabajadores referidos en el artículo precedente, con
vigencia desde el 1º de octubre de 1987 y hasta el 31 de enero de 1988.

   Administración                                     N$ Mensuales

   1) Cadete                                            31.330,00
   2) Auxiliar 2º                                       36.190,00
   3) Auxiliar 1º                                       47.050,00
   4) Cajero                                            49.410,00
   5) Jefe                                              61.610,00

   Depósito y Expedición                              N$ Mensuales

   1) Peón                                              36.200,00
   2) Auxiliar                                          39.640,00
   3) Chofer                                            48.360,00
   4) Ayudante de capataz                               53.190,00
   5) Capataz                                           63.840,00

   Ventas

                                                        36.200,00
   2) Vendedor mostrador o promotor                     39.640,00

   Mantenimiento

   1) Limpiador y sereno                                36.200,00  
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