EXONERACION DEL PAGO DEL IMPUESTO A LAS RENTAS DE LA INDUSTRIA Y COMERCIO




Promulgación: 16/12/1981
Publicación: 28/12/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1981
  •    Página: 1900
  Visto: lo dispuesto por el literal E) del artículo 25 del Título 2 del
Texto Ordenado 1979.

  Considerando: que debe fijarse el monto de los ingresos correspondientes
al año 1981 a efectos de determinar quienes quedan comprendidos en la
citada disposición,

                    El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   Fíjase en N$ 110.000,00 (nuevos pesos ciento diez mil) para el año 1981
el monto del ingreso establecido en el artículo 66 del decreto 663/979 de
19 de noviembre de 1979 a efectos de quedar comprendidos en la exoneración
del literal E) del artículo 25 del Título 2 del Texto Ordenado 1979.

ALVAREZ - VALENTIN ARISMENDI
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