CEREALES




Promulgación: 26/11/1980
Publicación: 10/12/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1980
  •    Página: 1340
Referencias a toda la norma

Artículo 16

   Las operaciones de compra-venta de trigo entre los productores y los
agentes privados adquirentes, serán convenidas libremente entre las
partes; tales operaciones solo estarán sujetas a las normas reglamentarias
sobre calidad y registro establecidas por los decretos 708/978, de 13 de
diciembre de 1978 y 618/979, de 31 de octubre de 1979 y sobre aportes para
el Fondo Nacional de Silos y el Fondo de Lucha contra las Plagas
Agrícolas.
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