CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 18. INDUSTRIA MOLINERA PANADERIAS Y FABRICACION DE PASTAS FRESCAS




Promulgación: 18/12/1990
Publicación: 26/02/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

 Durante el período comprendido desde la entrada en vigencia del convenio
referido, o sea el 1° de setiembre de 1990 y el 31 de diciembre de 1990,
ningún otro aumento de salarios podrá ser trasladado a los precios de
venta de mercaderías, bienes o servicios de las empresas que integran el
Grupo Salarial.
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