Modifícanse las tasas para la prestación del servicio aéreo de
fumigación, fertilización, siembra y transporte que realice la Dirección
del Servicio Aéreo del Ministerio de Ganadería y Agricultura. Déjase sin efecto el artículo 1 del Decreto Nº 757/967 de fecha 16 de noviembre de
1967.