Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la necesidad de realizar una adecuación al Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de las Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea, correspondiente al Ejercicio 1989.
Resultando: I) Que por decreto 804/988, de 23 de noviembre de 1988, se aprobó el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones correspondiente al Ejercicio 1989, a precios del período noviembre 1987 - febrero 1988;
II) Que se halla en vías de aprobación por el Poder Ejecutivo una adecuación del Presupuesto Operativo, de Operaciones Finacieras y de Inversiones correspondiente al Ejercicio 1989 a efectos de recoger las variaciones en el nivel general de precios, salarios y tipo de cambio a diciembre de 1988;
III) Que el Directorio de las Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea otorgó a sus funcionarios un aumento salarial del 16.0 %, con vigencia al 1º de marzo, y un incremento del 16.09 % para los beneficios sociales que evolucionan con el salario mínimo nacional;
IV) Que corresponde de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 4º y 25 del decreto 804/988, ajustar las partidas de gastos tanto de funcionamiento como de inversión, a efectos de recoger las variaciones en el nivel general de precios, salarios y tipo de cambio a precios enero - junio de 1989, según su vigencia.
Considerando: I) Que los incrementos salariales dispuestos por el Directorio de las Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea, así como las restantes medidas reseñadas, se encuentran comprendidas dentro de los lineamientos de la política económica propiciada por el Poder Ejecutivo;
II) Que es necesario realizar una modificación presupuestal que autorice el financiamiento de las mismas;
III) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe.
Atento: a lo expuesto precedentemente
El Presidente de la República
DECRETA
Sustitúyanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de las Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea correspondientes al Ejercicio 1989, de acuerdo con el siguiente detalle:
N$ N$
I - INGRESOS 2.927:664.015
1.1 Venta de Servicios 25.927:664.015
1.1.1 Pasajes 23.006:930.806
1.1.2 Cargas 1.445:432.631
1.1.3 Correo 111:010.107
1.1.4 Exceso de Equipaje 362:542.222
1.1.5 Asistencia en Tierra 767:536.861
_________________
1.2 Arrendamiento de Equipo 786:000.000
1.3 Venta de Mercaderías de
Entreport 479:617.200
1.4 Otros Ingresos Ajenos al
Transporte 412:650.000
1.5 Aporte Gobierno Central 2.555:944.188
______________
II - PRESUPUESTO OPERATIVO 25.837:232.389
Rubro Denominación N$ N$
0 Retribución Servicios Personales 2.363:150.526
010 Personal Presupuestado 653:320.466
Directorio 15:914.392
Restituidos 63:301.338
021 Personal contratado 524:073.525
032 Prima por Antigüedad 133:166.170
041 Jornaleros 11:406.578
071 Mayor Horario 471:812.508
072 Horas Extras 180:015.404
075 Compensación al Cargo 52:225.664
076 Horario Nocturno 17:413.698
078 Aguinaldo 177:215.024
079 Compensación Intercontinental 28:416.050
081 Gastos de Representación 1:989.356
082 Quebranto de Caja 3 :070.012
- Aumento N$ 600 1:612.800
- Restituidos Partida Anual 11:414.989
- Comisión Entreport 16:782.572
____________
1 CARGAS LEGALES SOBRE 614:758.433
SERVICIOS PERSONALES
111 Aporte Patronal al Sistema
Seguridad Social 570:336.353
122 Por seguro accidente de trabajo 18:905.204
123 Fondo Nacional de Vivienda 25:516.876
____________
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 7.383:843.364
3 SERVICIOS NO PERSONALES 12.406:520.829
4 MAQUINAS, EQUIPOS Y
MOB. NUEVOS 1.276:584.000
7 SUBSIDIOS Y OTRAS
TRANSFERENCIAS 438:555.737
751 Prima por matrimonio 1:657.320
752 Hogar constituido 90:941.562
753 Prima por nacimiento 2:762.200
754 Prestación por hijos 26:407.558
759 Prestación por alimentación 219:328.390
773.1 Becas 9:52.542
773.2 Aguinaldo becas 789.974
774 Asistencia médica 77:757.009
779 Fondo pre-jubilatorio 9:319.182
_______________
8 SERVICIO DE DEUDA Y ANTICIPOS 1.353:819.500
Prést. compra Boeing 737 1.849:300.000
Prést. compra edif. Suc.
Buenos Aires 4:519.500
_______________
III - OPERACIONES FINANCIERAS 1.207:540.881
-------------
-------------
Rubro Denominación N$ N$
8 SERVICIO DE DEUDA Y ANTICIPOS 1.207:540.881
8.2 Amortización Deuda Externa
- Préstamo Eximbank Boeing 737 1.136:604.381
- Préstamo sucursal Buenos Aires 70:936.500
_____________
PRESUPUESTO DE INVERSIONES 683.768.000
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-----------
Rubro Denominación N$
3 SERVICIOS NO PERSONALES 183:400.000
4 MAQUINAS, EQUIPOS Y
MOB. NUEVOS 200:640.000
6 CONST. MEJORAS Y REP.
EXTRAORDINAR. 299:728.000
____________
La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en moneda extranjera, se detallan en los cuadros adjuntos que forman
parte de este decreto.
Los rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" están expresados a precios de enero - junio de 1989.
El rubro 0 "Retribución de Servicios Personales", contiene la distribución de la reestructura entre los diferentes renglones, de
acuerdo con lo autorizado por el artículo 16 del decreto 804/988 de 23 de noviembre de 1988.
Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera están estimadas a la cotización de N$ 524,00 (nuevos pesos quinientos veinticuatro) por dólar americano. Las partidas en moneda nacional correspondientes a los restantes rubros presupuestales están expresadas a precios enero - junio de 1989.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 627/989 de
27/12/1989.