Ver vigencia: Decreto Nº 97/007 de 21/03/2007 artículo 3.
VISTO: el Decreto N° 558/994 de 21 de diciembre de 1994, por el que se establece un régimen de devolución de tributos a las exportaciones.
RESULTANDO: que los artículos 2°, 3° y 6° del mencionado Decreto fueron prorrogados hasta el 31 de diciembre de 2006 por el Decreto N° 207/2006 de 3 de julio de 2006.
CONSIDERANDO: conveniente establecer una nueva prórroga de los referidos artículos del Decreto N° 558/994 de 21 de diciembre de 1994.
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido por la Ley N° 16.492 de 2 de junio de 1994.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Prorrógase hasta el 30 de junio de 2007, el régimen establecido en los artículos 2°, 3° y 6° del Decreto N° 558/994 de 21 de diciembre de 1994 y las devoluciones de tributos fijadas a su amparo.