CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 1 COMERCIO. SUBGRUPO Nº 5 MAYORISTAS E IMPORTADORES. SECTOR IMPORTADORES Y MAYORISTAS DE ALMACEN




Promulgación: 13/11/1985
Publicación: 29/11/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 9

  Los salarios que se abonen en la actualidad y que resulten superiores a
los mínimos establecidos, no podrán ser rebajados por ningún concepto.
Tampoco podrán reducirse los porcentajes de comisiones que perciba el trabajador.
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