Sistemas de inscripción. La Dirección General de Registros podrá optar
por microfilmar, archivar en discos ópticos, volcar a la base de datos del
computador o utilizar cualquier otro sistema que la técnica permita o
creare en el futuro a los efectos de sustituir o complementar los sistemas
de inscripción en uso por los distintos Registros de su dependencia.
La información podrá brindarse por copia fotostática o mecanizada de
los asientos originales microfilmados o archivados de acuerdo a los
sistemas referidos en el inciso anterior.