APLICACION DEL INDICE MEDIO DE SALARIOS FICTO. SERVICIO DE RETIROS Y PENSIONES DE LAS FUERZAS ARMADAS




Promulgación: 21/02/2007
Publicación: 01/03/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 270

Artículo 2

   El beneficiario de la acumulación de servicios efectuada al amparo de lo establecido por la Ley 17.819 citada, que configure los requisitos necesarios para el pase a situación de retiro con los servicios
computados al amparo del Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas 
Armadas, será considerado retirado o pensionista militar, manteniendo 
todos los derechos y obligaciones establecidos en la normativa vigente.
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