MODIFICACION DE ARANCELES DE ADUANA PARA LOS PRODUCTOS ACIDO ASCORBICO Y ASCORBATO DE SODIO




Promulgación: 31/10/1979
Publicación: 07/12/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 1048
 Visto: la gestión promovida por Roche Internacional Ltda., a efectos de
que se incluyan en la Sección Materias Primas de la Aduana dentro del
Grupo C, a los productos "ácido ascórbico y ascorbato de sodio".

 Resultando: I) Que la Dirección Nacional de Industrias se pronuncia en
forma favorable a darle tratamiento arancelario de materia prima a los
productos mencionados, con destino a la "conservación de alimentos" y con
el contralor por parte de este Organismo;

II) Que el decreto 219/977, de 27 de abril de 1977, eliminó los Grupos
establecidos por el decreto de 21 de junio de 1932.

 Atento: a lo informado por la Dirección Nacional de Industrias, la
Dirección Nacional de Aduanas y las Asesorías Económico-Financiera y
Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas,

                  El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

 Modifícanse los Aranceles de Aduana en el Item 29.38.01.30 el que quedará
redactado de la siguiente manera:

30.  Vitamina "C", sus derivados y sus sales.

31.  Acido ascórbico, destinado a la conservación de alimentos IMADUNI
     10%, TMB 2%.

32.  Ascorbato de sodio, destinado a la conservación de alimentos IMADUNI
     10%, TMB 2%.

39.  Las demás IMADUNI 20%, TMB 2%.

Artículo 2

 El control de destino estará a cargo de la Dirección Nacional de
Industrias del Ministerio de Industria y Energía.

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese, etc.

MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI - ELIAS PEREZ FERNANDEZ
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