Reglaméntase los artículos 130 a 176 de la Ley Nº 13.728, sobre
organización y funcionamiento de las Cooperativas de Vivienda y de los Institutos de Asistencia Técnica. Regúlase su constitución, estatutos y
registro, prohibiciones, obligaciones y cometidos, socios, derechos de
los asociados, patrimonio, régimen económico-financiero, ahorro, administración y fiscalización, promoción, asistencia y control de las Cooperativas, disolución y liquidación, federación de Cooperativas, de
las Unidades Cooperativas de Viviendas de Usuarios, propietarios, Cooperativas que emplean sistemas de autoconstrucción, Cooperativas Matrices, Institutos de Asistencia Técnica.