CREACION DE JUEGOS DE AZAR. 5 DE ORO




Promulgación: 28/12/1989
Publicación: 25/01/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 819

Artículo 6

  Las Bancas podrán también asegurar la existencia de pozos mínimos, antes
de conocerse el monto de las apuestas recogidas, a cuyos efectos
comunicarán a la Dirección de Loterías y Quinielas con antelación al
sorteo respectivo las cuantías de dichos pozos asegurados.
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