Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 7
Si el número de postulantes fuera superior al doble de las vacantes
autorizadas para cada Escalafón y Grado, la Dirección General Impositiva
podrá disponer que la evaluación de méritos tenga carácter de
preselección, pasando a rendir la prueba de oposición aquellos aspirantes
que ocupen los primeros lugares en el respectivo orden - respetando el
criterio que surge del artículo 2º, segundo párrafo del presente - hasta
alcanzar, como mínimo, las cantidades que se indican seguidamente:
Contadores: 80 postulantes
Ingenieros de sistemas: 8 postulantes
Analistas Programadores: 20 postulantes
Digitadores: 20 postulantes