Visto: la gestión de Idala S.A. tendiente a que se amplíe el destino de la
Materia Prima "Acido adípico" para uso de las industrias de heladería y
confitería.
Resultando: la Junta de Aranceles, acorde con la Dirección de Industrias y
Dirección Nacional de Industrias, considera que corresponde acceder a lo
solicitado, proponiendo a tal efecto la modificación pertinente al decreto
219/977 de 27 de abril de 1977.
Considerando: de los asesoramientos recabados surge que procede actuar
conforme a lo indicado en el Resultando precedente.
Atento: a lo informado por la Dirección de Industrias, Dirección Nacional
de Industrias y Dirección Nacional de Aduanas,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Modifícase, en lo pertinente, el artículo 1º del decreto 219/977 de 27 de abril de 1977, por el que se incorporaron al Arancel General de
Importación las mercaderías que integraban la Sección Materias Primas, en
el sentido de ampliar el destino del "Acido adípico", sustituyendo la
redacción del Item 29.15.01.83 por la siguiente: "Acido adípico".
Destinado a la fabricación de resinas sintéticas y a las industrias de la
heladería y confitería".