SALUD PUBLICA - INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA




Promulgación: 27/11/1991
Publicación: 22/01/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 770
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - INFORMACION DEL SUBSECTOR PRIVADO DE LA SALUD

Artículo 2

  La información solicitada deberá ser entregada en la Secretaría del
Coordinador General de la Comisión Asesora del régimen de trabajo médico,
doctor Wilson Migues (Av. 18 de Julio 1892, Oficina 207) dentro de los 30
(treinta) días; de vigencia del presente decreto.   (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.
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