Visto: lo establecido por los decretos de 14 de noviembre de 1986 y 30
de diciembre de 1986 sobre designaciones de funcionarios públicos.
Resultando: que en el último decreto citado se empleó el término
"Prohibiciones" en lugar de "Previsiones", circunstancia que oscurece el
sentido de lo dispuesto.
Considerando: que corresponde rectificar el error padecido,
El Presidente de la República,
DECRETA:
Artículo 1
Declárase excluidas a las designaciones que efectúe el Ministerio del
Interior de las previsiones del decreto de 14 de noviembre de 1986.