REGISTROS PUBLICOS




Promulgación: 20/01/1993
Publicación: 26/02/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1993
  •    Página: 98

Artículo 2

   Ficha registral. Las fichas registrales contendrán los datos que se
expresan a continuación, además de los exigidos por las leyes vigentes,
según el acto o negocio jurídico de que se trate.
   La ficha registral destinada a las Sociedades Comerciales, consorcios,
o grupos de interés económico, contendrá, además de los datos exigidos por
la Ley 16.060 de 4 de setiembre de 1989:
   1º) Naturaleza del acto o negocio jurídico inscribible.
   2º) Determinación precisa del sujeto de derecho y de las personas
       físicas que tengan alguna relación de interés con el mismo.
   3º) Los antecedentes inscriptos del sujeto de derecho, cuando se
       trate de un acto modificativo o extintivo de otro ya inscripto.
   4º) El organismo de contralor y fecha de la resolución que aprobó el
       acto que se presenta a inscribir.
   5º) Lugar y fecha de otorgamiento del documento portante o de su
       protocolización, cuyo registro se solicita y nombre y firma del
       Escribano autorizante.

   La ficha registral destinada a las personas físicas se utilizará para
la inscripción de todos los actos o negocios jurídicos que sean
inscribibles en el Registro, con excepción de los indicados en el inciso
anterior y de las matrículas de comerciantes y cooperativas que tendrán
sus fichas registrales particulares y contendrá los siguientes datos:
   1º) Apellidos y nombre y demás datos personales de los sujetos de
       derecho y del interés en el acto o negocio jurídico sujeto a
       publicidad registral.
   2º) Naturaleza del acto o negocio jurídico inscribible.
   3º) Antecedentes inscriptos cuando corresponda.
   4º) Individualización del establecimiento comercial, domicilio y giro
       principal y nombre y apellidos del representante, factor o
       administrador, cuando corresponda.
   5º) Monto de la operación o estimación, si existiere.
   6º) Datos del órgano jurisdiccional interviniente, en aquellos actos
       que tuvieren trámite judicial.
   7º) Lugar y fecha de otorgamiento del documento portante o de su
       protocolización, cuyo registro se solicita y nombre y firma del
       Escribano autorizante.
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