Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
CAPITULO V - DISPOSICIONES GENERALES Y COMPLEMENTARIAS
Artículo 11
Dispónese que la situación de los trabajadores que desempeñan tareas
no contempladas en el elenco de categorías vigente, se resolverá por el
Consejo de Salarios Nº 31 atendiendo a las categorías análogas.