FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. GRUPO Nº 31 INDUSTRIA DEL CAUCHO SECTOR FABRICACION DE NEUMATICOS




Promulgación: 29/10/1987
Publicación: 25/01/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

CAPITULO II - FIJACION DE AUMENTO PORCENTUAL PARA SALARIOS SUPERIORES A LOS MINIMOS

Artículo 4

   Establécese que, a los efectos del presente decreto, se entenderá por "empresas con convenio salarial vigente", a todas aquellas que hayan suscrito convenciones colectivas con su personal antes del 29 de julio de 1987, siempre y cuando estas convenciones, además hayan mantenido su vigencia hasta por lo menos el 1º de junio de 1987 inclusive.
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