Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la aprobación de los Preventivos Anuales de Ingresos y Egresos de Fondos Públicos Extrapresupuestales correspondientes al ejercicio 1989, de varias Unidades Ejecutoras del Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional" por decretos del Poder Ejecutivo de 17 de mayo y 23 de agosto de 1989;
Resultando: la solicitud para un nuevo pronunciamiento del Poder Ejecutivo respecto a las modificaciones introducidas por dichas Unidades Ejecutoras en sus preventivos.
Considerando: que las Unidades Ejecutoras gestionantes han ajustado sus preventivos a las normas específicas que les rigen y han cumplido con las demás disposiciones que regulan la materia.
Atento: a lo dispuesto por los artículos 45 y 48 del decreto-ley 14.416 de 28 de agosto de 1975, con la redacción dada, respectivamente, por los artículos 45 y 46 de la ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987 y a lo informado por la Contaduría General de la Nación,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébanse las modificaciones introducidas en los Preventivos Anuales de Ingresos y Egresos de Fondos Públicos Extrapresupuestales correspondientes al ejercicio 1989, presentados por Unidades Ejecutoras del Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", por un monto total de N$ 1.145:980.544.00 (nuevos pesos mil ciento cuarenta y cinco millones novecientos ochenta mil quinientos cuarenta y cuatro) de acuerdo a detalle consignado en anexo adjunto, que es parte integrante del presente
decreto. (*)
(*)Notas:
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en el
Diario Oficial correspondiente.