Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: el Preventivo Anual de Ingresos y Egresos de Fondos Públicos
Extrapresupuestales correspondientes al Ejercicio 1991, presentado por la
Unidad Ejecutora 005 "Dirección Nacional de Arquitectura" del Programa 005
"Servicios para construcción y reparación de edificios" del Inciso 10
"Ministerio de Transporte y Obras Públicas", la cual solicita la
incorporación de un proyecto al Plan Inversiones Públicas de dicho
ejercicio.
Resultando: que el referido proyecto se financiará con recursos
extrapresupuestales y se halla incluido en el preventivo presentado.
Considerando: que la Unidad Ejecutora gestionante ha ajustado su
preventivo a las normas específicas que le rigen y ha cumplido con las
demás disposiciones que regulan la materia.
Atento: a lo dispuesto por los artículos 45 del decreto ley 14.416 de
28 de agosto de 1975 y 89 de la ley 15.809 de 8 de abril de 1986, con la
redacción dada respectivamente, por los artículos 45 y 47 de la ley 15.903
de 10 de noviembre de 1987, y a lo informado por la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y la Contaduría General de la Nación.
El Presidente de la República,
DECRETA:
Incorpórase al Plan de Inversiones Públicas Ejercicio 1991, el proyecto
de inversión siguiente, por un monto total de N$ 500:000.000,00 (nuevos
pesos quinientos millones), a financiarse con recursos
extrapresupuestales:
INC. PROG. UNIDAD EJECUTORA MONTO EN N$
10 005 005 Dirección Nacional de Arquitectura
PROYECTO
Adquisición de herramientas, equipos y ropa de trabajo (Nº 758)
500:000.000.00
Apruébase el Preventivo Anual de Ingresos y Egresos de Fondos Públicos
Extrapresupuestales correspondiente al Ejercicio 1991, presentado por la
Unidad Ejecutora 005 "Dirección Nacional de Arquitectura", del Programa
005 "Servicios para construcción y reparación de edificios" del Inciso 10
"Ministerio de Transporte y Obras Públicas", por un monto total de N$
24.694:349.102 (nuevos pesos veinticuatro mil seiscientos noventa y cuatro
millones trescientos cuarenta y nueve mil ciento dos), de acuerdo a
detalle consignado en anexo adjunto, que es parte integrante del
presente Decreto. (*)
(*)Notas:
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en el
Diario Oficial correspondiente.
Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República, a la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y a la Contaduría General de la Nación;
publíquese, etc.-
AGUIRRE RAMIREZ - ENRIQUE BRAGA SILVA - WILSON ELSO GOÑI