VISTO: el Decreto Nº 491/003, de 28 de noviembre de 2003.-
CONSIDERANDO: I) que en virtud de su fecha de aprobación, las
modificaciones que dicha norma introdujo en la base de cálculo del
Impuesto de Enseñanza Primaria, resultaron extemporáneas.-
II) que se estima conveniente dejar sin efecto la aplicación del Decreto
citado.-
ATENTO: a lo expuesto.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Déjase sin efecto desde su entrada en vigencia la modificación
establecida al Decreto Nº 493/002, de 30 de diciembre de 2002, por el
Decreto Nº 491/003, de 28 de noviembre de 2003.-