CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 1 COMERCIO. SUBGRUPO N° 7 LIBRERIAS Y PAPELERIAS




Promulgación: 19/11/1985
Publicación: 17/01/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 8

 En ningún caso los trabajadores comprendidos en el presente decreto percibirán un aumento inferior al 21% sobre los salarios percibidos al primero de junio de mil novecientos ochenta y cinco.
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