Visto: la gestión promovida por el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas solicitando autorización para transferir la suma de N$
22:000.000,00 entre rubros del mismo programa y proyecto.
Resultando: I) Que dicha transferencia, del rubro 3.00 "Servicios No
Personales" al rubro 2.00 "Materiales y Suministros", se produce dentro
del programa 001 Administración General, Proyecto 853, Mantenimiento del
Programa;
II) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto al tomar intervención
no formula objeciones al respecto;
III) Que el Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Contaduría
General de la Nación, manifiesta que el Inciso 10, Financiación 1.4,
Programa 010, Proyecto 853, Rubro 3.00 tiene saldo disponible suficiente
para atender la trasposición solicitada.
Atento: a que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo
54 del decreto ley 15.167 del 6 de agosto de 1981,
El Presidente de la República
DECRETA
Artículo 1
Transfiérese dentro del Programa 001 "Administración General", la
suma de N$ 22:000.000,00 (nuevos pesos veintidós millones) del rubro 3.00
"Servicios No Personales" al rubro 2.00 "Materiales y Suministros", en
el Proyecto 853 "Mantenimiento del Programa".