SUSPENSION DE LA APLICACION DE NORMAS REFERENTES A ARANCELES PARA LA IMPORTACION DE DETERMINADOS BIENES




Promulgación: 30/12/1981
Publicación: 08/01/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1981
  •    Página: 2132
  Visto: el decreto 602/980, de 12 de noviembre de 1980 que creó un
régimen de desgravación arancelaria para la importación de determinados
bienes.

  Resultando: que para la aplicación de la citada disposición se han
efectuado a la fecha numerosas rebajas arancelarias.

  Considerando: I) Que hasta que culmine la evaluación de los resultados
de la aplicación del citado decreto, se entiende necesaria su suspensión;

  II) Que esta suspensión debe alcanzar solamente a aquellas disposiciones
que se refieren a rebaja arancelaria y tramitación para su logro.

  Atento: a lo expuesto,

                    El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

    Suspéndese la aplicación de lo dispuesto por el decreto 602/980, de 12
de noviembre de 1980, con excepción de lo establecido por los artículos
7º, 8º y 9º del mismo.

ALVAREZ - VALENTIN ARISMENDI - ESTANISLAO VALDES OTERO - EDUARDO J.
SAMPSON - FRANCISCO D. TOURREILLES - CARLOS MATTOS MOGLIA
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