IMPUESTO ESPECIFICO INTERNO - BEBIDAS




Promulgación: 30/12/1992
Publicación: 22/01/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 5

   Fíjase para los cigarrillos comprendidos en el Decreto Nº 276/985 de 3
de julio de 1985, el precio ficto, tasa e impuesto que se detallan, a
efectos de la liquidación del Impuesto Específico Interno correspondiente
al semestre enero-junio de 1993:

   Cigarrillos Decreto
   Nº 276/985                FICTO              TASA            IMPUESTO
                              N$                 %                 N$
                              2.178              65               1.416
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