TASA POR TONELADA DE REGISTRO BRUTO. INSTITUTO NACIONAL DE PESCA




Promulgación: 15/10/1986
Publicación: 22/04/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

   El presente decreto regirá a partir de la fecha de su publicación en
dos (2) diarios  de la capital.   
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