Visto: estos antecedentes por los cuales la Comisión Nacional de
artes Plásticas y Visuales eleva para su consideración y aprobación, el
Reglamento correspondiente al XLIII Salón Nacional de Artes Plásticas y
Visuales, según lo establecido por el decreto-ley de 18 de noviembre de
1942.
Resultando: que la Comisión de referencia, de acuerdo con la experiencia
recogida en años anteriores, ha introducido en el Reglamento vigente
modificaciones tendientes a lograr una mejor organización y desarrollo del
mismo.
Atento: a lo informado por la Sección Contaduría del Ministerio de
Educación y Cultura,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Aprúebase el Reglamento para el XLIII Salón Nacional de Artes Plásticas
y Visuales, bajo el siguiente articulado: (*)