Exonérase de todo gravamen, derechos aduaneros y adicionales así como de recargos, depósitos previos y de todo tributo por el año 1971 las importaciones de fertilizantes y materias primas destinadas a su elaboración, arpilleras, semillas e inoculantes.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas):
Decreto Nº 893/971 de 30/12/1971,
Decreto Nº 757/971 de 18/11/1971,
Decreto Nº 30/971 de 21/01/1971 artículos 1 y 3.
Artículo 1
Literal b) modificado y/o Anotado (referencias acotadas): Decreto Nº
35/971 de 21/01/1971 artículo 1.