IMPUESTO ESPECIFICO INTERNO




Promulgación: 21/12/1990
Publicación: 01/04/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 871

Artículo 2

    Los certificados librados en el período comprendido entre el 22 de febrero de 1990 y el 17 de abril de 1990 se reliquidarán con un incremento del factor D' de la fórmula paramétrica de 1,08 %.
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