(DE LA VIGENCIA). La habilitación se otorgará por el plazo de cinco años.
El Ministerio de Salud Pública podrá de oficio, por denuncia o a solicitud
del interesado practicar las inspecciones y/o verificaciones que estimen
necesarios para asegurar el cumplimiento de los fines previstos, en
ejercicio de las competencias que le otorga la normativa vigente.