MEDIOS DE COMUNICACION - SERVICIO DE TELEVISION PARA ABONADOS




Promulgación: 18/12/1991
Publicación: 20/02/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: Addenda
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1991
  •    Página: 1312
  Visto: las resoluciones del Poder Ejecutivo 896/991 de fecha 5 de
noviembre de 1991 y 954/991 de 28 de noviembre de 1991.

  Resultando: que por los precitados actos administrativos se aprobaron
las bases relativas al llamado público a interesados para la explotación
en régimen de autorización del servicio de televisión para abonados (por
cable o codificada).

  Considerando: que resultando conveniente prorrogar el plazo de recepción
de las propuestas y como consecuencia el de apertura, a fin de contar con
una mayor participación de oferentes del servicio de referencia.

  Atento: a lo precedentemente expuesto,

  El Presidente de la República

                          DECRETA:

Artículo 1

  Sustitúyese el artículo 1° de las bases relativas al llamado público a interesados para la explotación en régimen de autorización del servicio de televisión para abonados (por cable o codificadas) aprobadas por Resolución del Poder Ejecutivo 896/991 de fecha 5 de noviembre de 1991 el que quedará redactado de la siguiente manera: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

Artículo 2

  Sustitúyese el artículo 1° de las bases relativas al llamado público a interesados para la explotación en régimen de autorización del servicio de televisión para abonados (por cable o codificadas) aprobadas por Resolución del Poder Ejecutivo 954/991 de 28 de noviembre de 1991, el que quedará redactado de la siguiente manera: (*) 

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

Artículo 3

    Comuníquese, publíquese y pase al Ministerio de Defensa Nacional y
Dirección Nacional de Comunicaciones a sus efectos. 

AGUIRRE RAMIREZ - MARIANO R. BRITO
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