APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA INDUSTRIA LOBERA Y PESQUERA DEL ESTADO. EJERCICIO 1990




Promulgación: 18/12/1991
Publicación: 05/05/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 32

     Prima por Hogar Constituido. Serán beneficiarios de la prima por
hogar constituido los funcionarios casados y los de cualquier estado civil
con familiares a su cargo, hasta el segundo grado de consanguinidad
inclusive.
     Este beneficio alcanzará asimismo al funcionario sujeto a la
obligación de servir pensión alimenticia por sentencia o convenio
homologado judicialmente, lo cual deberá acreditarse con el testimonio
judicial correspondiente, y la declaración jurada del efectivo
cumplimiento de la obligación. 
Ayuda