Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 5
Fíjanse para los cigarrillos importados íncluidos en el régimen del decreto 62/987 de 30 de enero de 1987, el precio ficto, tasa e impuesto que se detallan a continuación, a efectos de la liquidación del Impuesto Específico Interno correspondiente al semestre enero - junio de 1991:
FICTO TASA IMPUESTO
N$ % N$
2.635 43 1.133