DECLARACION DEL INSTITUTO DE ADIESTRAMIENTO AERONAUTICO COMO ORGANISMO DE ENSEÑANZA Y PERFECCIONAMIENTO DE LA FUERZA AEREA




Promulgación: 05/02/1980
Publicación: 07/03/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1980
  •    Página: 243
     Visto: la gestión del Comando General de la Fuerza Aérea para que se
considere al Instituto de Adiestramiento Aeronáutico Organismo de
Enseñanza de la Fuerza Aérea para la formación y perfeccionamiento del
personal técnico aeronáutico civil.

     Resultando: que por decreto 445/975 del 3 de junio de 1975 se creó el
Instituto de Adiestramiento Aeronáutico dependiente de la Dirección
General de Aviación Civil, para la enseñanza y perfeccionamiento del
personal aeronáutico civil.

     Considerando: I) Que los medios, instalaciones y personal vinculados
a la actividad aeronáutica pública y privada, constituyen la reserva
activa de la Fuerza Aérea en su misión de defensa nacional e integran el
Potencial Aéreo Nacional;

     II) Que sin detrimento de su misión fundamental al tenor del artículo
4º de la ley 14.747, del 28 de diciembre de 1977, Orgánica de la Fuerza
Aérea, ésta constituye el órgano ejecutor del Poder Ejecutivo en materia
de conducción, integración y desarrollo del Potencial Aeroespacial
Nacional, siendo entre otras, una de sus tareas la formación y
perfeccionamiento del personal técnico aeronáutico civil (Artículo 5º, ley
citada);

     III) Que en ejecución de las Normas de Política Aeronáuticas
aprobadas por el decreto 325/974, del 26 de abril de 1974, procede lograr
y mantener el más alto nivel de capacitación técnica del personal aplicado
a la actividad aeroespacial;

     IV) Que consecuentemente la formación y perfeccionamiento del
personal técnico aeronáutico civil se encuentra comprendida en la Misión
de la Fuerza Aérea, por lo que corresponde declarar al Instituto de
Adiestramiento Aeronáutico Organismo de Enseñanza y Perfeccionamiento de
la Fuerza Aérea para el indicado personal.

     Atento: al informe favorable del Asesor Letrado del Ministerio de
Defensa Nacional,

     El Presidente de la República


                                 DECRETA:

Artículo 1

   Declárase al Instituto de Adiestramiento Aeronáutico como Organismo de
Enseñanza y Perfeccionamiento de la Fuerza Aérea para personal técnico
aeronáutico civil.
Referencias al artículo

MENDEZ - WALTER RAVENNA
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