Para los ascensos a las categorías de Jefe y Oficial Superior por
cualquiera de los sistemas a que refiere el ARTICULO 2do. del presente
Decreto, se establecerá un sistema de regulación de cuadros basado en
promedios mínimos de calificación a alcanzar, considerando todas las
Calificaciones de Grado obtenidas durante la carrera del Oficial y
especificando coeficientes según las jerarquías.-