REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 31 A 33 DE LA LEY 18.600, RELATIVA A LOS SERVICIOS DE CONFIANZA DE IDENTIFICACION DIGITAL Y FIRMA ELECTRONICA AVANZADA CON CUSTODIA CENTRALIZADA




Promulgación: 19/03/2018
Publicación: 05/04/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.600 de 21/09/2009 artículos 31, 32 y 33.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO V - PRESTADORES DE SERVICIOS DE CONFIANZA

Artículo 13

   Responsabilidad. La responsabilidad de los prestadores de servicios de confianza acreditados se regirá por lo establecido para los prestadores de servicios de certificación en el artículo 20 de la Ley N° 18.600.
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