CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 1 COMERCIO. SUBGRUPO Nº 4 BAZARES Y FERRETERIAS




Promulgación: 04/12/1985
Publicación: 02/01/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 4

   Los trabajadores que realicen tareas fuera del local de la empresa deberán percibir reintegros de los gastos originados por el desempeño de su función mediante la presentación de los comprobantes respectivos.
Ayuda