DIRECCION FORESTAL PARQUES Y FAUNAS. PROPIEDADES LINDERAS




Promulgación: 05/09/1974
Publicación: 13/09/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Prohíbase poner plantas o árboles sobre el cerco divisorio excepto por acuerdo y hacer plantaciones en una pared medianera sobrepasando
determinados límites. Regúlase todo lo atinente a las plantaciones de
montes o cercos de protección y estableciéndose las condiciones.

Artículo 1

Artículo 2

Artículo 3

Artículo 4

Artículo 5

Artículo 6

Artículo 7



		
		Ayuda