COMISION ADMINISTRADORA DE LOS SERVICIOS DE ESTIBA. RETENCIONES. AUTORIZACION




Promulgación: 21/11/1968
Publicación: 28/11/1968

Resumen:

Autorízase a la Comisión Administradora de los Servicios de Estiba (CASE)
a retener un porcentaje de las retribuciones, jornales por licencia y 
días feriados, destinándose el producido mensual a la Asociación de 
Apuntadores de Cabotaje del Puerto de Montevideo.


		
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