REGLAMENTACION DE LA LEY 19.590, RELATIVA AL REGIMEN JUBILATORIO (LEY DE LOS CINCUENTONES)




Promulgación: 23/03/2018
Publicación: 10/04/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.590 de 28/12/2017.

Artículo 26

   (Comisión de Seguimiento).- Se conformará una Comisión de Seguimiento con el cometido monitorear el cumplimiento de los objetivos definidos en el artículo anterior, así como de las obligaciones contraídas por el fiduciario. Dicha comisión se reunirá por lo menos trimestralmente, y estará conformada por cuatro miembros: un representante del Banco de Previsión Social, un representante del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, un representante del Ministerio de Economía y Finanzas y un representante del fiduciario. Cada institución designará dos representantes, uno en calidad de titular y uno en calidad de suplente.
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