REGLAMENTACION DE LA LEY 19.590, RELATIVA AL REGIMEN JUBILATORIO (LEY DE LOS CINCUENTONES)




Promulgación: 23/03/2018
Publicación: 10/04/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.590 de 28/12/2017.

Artículo 31

   (Transferencia de fondos del Fideicomiso de la Seguridad 
   Social al Banco de Previsión Social).- A partir del 1° de enero de
   2024, el Fideicomiso de la Seguridad Social realizará transferencias
   anuales al Banco de Previsión Social, pagaderas en 2 (dos) cuotas
   iguales, en los meses de enero y julio, con excepción de la
   transferencia correspondiente al último año de vigencia del
   Fideicomiso mencionado, donde se admitirán 2 (dos) cuotas de distinto
   monto, a efectos de agotar los fondos acumulados.

   La transferencia de cada año será igual al monto que resulte de
   dividir el total de activos del Fideicomiso acumulados del último año
   con balance cerrado, entre la cantidad de años remanentes hasta el
   cumplimiento del plazo estipulado de 20 (veinte) años.

   A efectos de la primera transferencia, se entiende que el último año
   con balance cerrado es el correspondiente al Ejercicio 2022.

   Las transferencias antes referidas, se realizarán en moneda nacional y
   efectivo. (*)

(*)Notas:
Agregado/s por: Decreto Nº 2/024 de 10/01/2024 artículo 1.
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