VISTO: el Decreto N° 426/011 de 08 de diciembre de 2011.-
RESULTANDO: que el referido Decreto incorpora al ordenamiento jurídico
nacional la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente Arancel
Externo Común.-
CONSIDERANDO: que es necesario introducir modificaciones en los Anexos del
mencionado Decreto.-
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido por el artículo 2° de la Ley N°
12.670 de 17 de diciembre de 1959, por el artículo 4° del Decreto-Ley N°
14.629 de 5 de enero de 1977 y por el Decreto 426/011 de 08 de diciembre
de 2011.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA
Artículo 1
Eliminar de la lista de productos del sector azucarero y automotor,
establecida por el literal C) del artículo 4° y el Anexo II del Decreto
426/011, de 28 de diciembre de 2011, los ítems arancelarios: 1701.11.00;
8421.91.10 y 8424.90.10".-
JOSÉ MUJICA - FERNANDO LORENZO - ROBERTO CONDE - EDGARDO ORTUÑO - TABARÉ AGUERRE