Visto: el decreto 664/985 de 27 de noviembre de 1985.
Resultando: el mismo fijó Precio Mínimo de Exportación, de carácter
definitivo, para polietileno en film y bolsas de polietileno.
Considerando: de los análisis realizados surge la conveniencia de
fijar por un nuevo período, Precios Mínimos de Exportación, de
carácter definitivo, para los referidos productos.
Atento: a lo dispuesto por los decretos 5/983 de 5 de enero de 1983 y
141/984 de 10 de abril de 1984, y a lo informado por la Comisión
creada por el primero de los mencionados decretos.
El Presidente de la República,
DECRETA:
Artículo 1
Fíjase por un período de 1 (un) año a partir del vencimiento de los
Precios Mínimos de Exportación fijados por el decreto 664/985 de 27 de
noviembre de 1985, los siguientes Precios Mínimos de Exportación, de
carácter definitivo, para los productos que se detallan:
Polietileno en film (Tubular o en hojas) con o sin impresión
termocontraíble o no que se introduzcan por los ítems NADI 39.02.04.01
y 39.02.04.99 U$S 1.28 el Kg. CIF Bolsas de polietileno con o sin
impresión que se introduzcan por el ítem NADI 39.07.03.99 U$S 1.28 el Kg.
CIF Los Precios Mínimos de Exportación fijados en este decreto se
aplicarán incluso a los productos que se introduzcan en régimen de
Admisión Temporaria.