FIJACION DE LA ASIGNACION TRIMESTRAL PARA GASTOS DE ETIQUETA DE LOS JEFES DE MISION DIPLOMATICA PARA LA EMBAJADA DE URUGUAY EN COSTA DE MARFIL




Promulgación: 08/12/1987
Publicación: 15/03/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 971
    Visto: el decreto del Poder Ejecutivo de fecha 17 de julio de 1985 por
el cual se fijan las asignaciones trimestrales para Gastos de Etiqueta a
las que tendrán derecho los Jefes de Misiones Diplomáticas permanentes y
quienes desempeñan temporariamente esa función.

    Considerando: I) Que por resolución del Poder Ejecutivo de fecha 30 de
junio de 1987 fue creada la Embajada de la República en Costa de Marfil;

 II) Que resulta pertinente fijar la asignación trimestral para Gastos de
Etiqueta de dicha Misión en N$ 3.40, a partir del 30 de junio de 1987.

    Atento: a lo dispuesto por los literales A y B del artículo 71 del
decreto ley 14.985, de 28 de diciembre de 1979 y a los decretos dictados en aplicación de la referida norma de fechas 22 de abril de 1980, 18 de abril de 1980, 20 de marzo de 1984 y 7 de febrero de 1985, y a lo informado por la Dirección Financiero Contable de esta Secretaría de
Estado y el Tribunal de Cuentas de la República,

                      El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

   Fíjase a partir del 30 de junio de 1987, la asignación trimestral para
Gastos de Etiqueta a la que tendrán derecho los Jefes de Misión
Diplomática permanente y quien desempeñe temporariamente esa función, para
la Embajada de la República en Costa de Marfil en N$ 3.40.

Artículo 2

   Comuníquese, etc.

SANGUINETTI - ENRIQUE V. IGLESIAS - LUIS MOSCA
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